Page 491 - Panorama Audiovisual Iberoamericano 2021
P. 491

¿ES LA BANDA SONORA UN ELEMENTO COMERCIAL EN EL
                                        AUDIOVISUAL IBEROAMERICANO?



                                                                             Por Raúl Vázquez y Gabriel Salcedo


























                Introducción

                Sin duda una de las consideraciones más importante en el desarrollo de cualquier proyecto
            audiovisual es la banda sonora. Usamos el término banda sonora para definir todos los componentes
            musicales de la obra audiovisual.  Normalmente incluye contenido musical con canciones
            pregrabadas o compuestas por encargo específicamente para la obra audiovisual.  La banda sonora
            y la parte musical dan a los creadores de la obra una herramienta adicional con la cual destacar
            momentos importantes en la obra o crear el ambiente apropiado que quieren proyectar.  Aún más
            interesante, existen casos donde la música es el elemento esencial de la película como en “Saturday
            Night Fever”, “Lion King”, “Cinema Paradiso”, “Diarios de Motocicleta” y “Amores Perros”.
            Muchas de estas bandas sonoras se convirtieron en productos fonográficos de  éxito vendiendo
            millones de discos.


                El objetivo principal de este documento es ayudar a los productores audiovisuales a evaluar las
            oportunidades comerciales que puedan existir sobre la música que desarrollan como parte de sus
            proyectos.


                Derechos sobre la música
                Cuando un productor audiovisual decide qué obras musicales preexistentes serían las más
            adecuadas para una escena de la película, y que usualmente están también ya fijadas en fonogramas
            por algún artista intérprete y una compañía discográfica, entra en la obligación de obtener una
            licencia de sincronización, que le permita la inclusión de la obra musical y eventualmente el
            fonograma, como parte de la obra audiovisual. Estas licencias o autorizaciones son usualmente
            obtenidas a través de:

                1. En cuanto a la obra musical: La editora musical que tenga derechos sobre la misma. Si no
                hubiera una editorial, directamente con el compositor, y en muchos casos con la sociedad de
                gestión colectiva de derechos autorales musicales que los represente;
   486   487   488   489   490   491   492   493   494   495   496