Page 361 - Panorama Audiovisual Iberoamericano 2020
P. 361

EL DESAFIO DE INTERPRETACIÓN DE LA LEGISLACIÓN DE PROPIEDAD
                           INTELECTUAL POR PARTE DEL PODER JUDICIAL EN CHILE



                                                                                        Por Juan Enrique Puga
                                                                                Oscar Manuel Rodríguez Baeza
                                                                                   Eduardo Castillo Hermosilla























                1. Comentario inicial sobre un problema constitucional.

                Para nadie es un misterio que, en los últimos cuarenta años, el mundo -en general- ha cambiado
            de manera vertiginosa; sistemas políticos y modelos económicos han colapsado, nuevos sistemas
            y modelos han surgido y -como nunca- la noción de “aldea global” ha tomado mayor vigencia, no
            sólo a nivel tecnológico o económico, sino también a nivel cultural. Nuestro país no ha quedado
            indiferente a este rápido cambio mundial -al contrario- nuestra sociedad cada vez se ha vuelto
            más compleja, globalizada y tecnológica; asimismo, durante el último tiempo, nuestra sociedad
            ha ido tomando conciencia de su rol como ciudadanía, en general y, las personas como sujetos de
            derechos, actuando -en muchos casos- críticamente frente a las problemáticas sociales.
                Producto de este cambio de paradigma, la importancia de la masificación de la cultura, el arte,
            la ciencia y la técnica han permitido que estos ámbitos se hayan globalizado, siendo primordiales
            en nuestra vida cotidiana, lo que ha traído como consecuencia, la consagración de la protección de
            los intangibles, en particular de la propiedad intelectual, a nivel constitucional.

                Por consiguiente, el análisis jurídico que proponemos desarrollar en estas páginas debe tener
            en consideración siempre la lógica ius fundamentalista, por cuanto es imprescindible, para cualquier
            operador jurídico, examinar e interpretar la normativa vigente a la luz de lo preceptuado por
            nuestra Carta Fundamental.


                En este mismo orden de ideas, es menester dedicar -en este apartado- algunas palabras respecto
            de un fenómeno histórico-jurídico universalmente reconocido como la “Constitucionalización” de
            las diversas ramas del Derecho. En efecto, este fenómeno se traduce en una mayor intervención de
            la Constitución Política de la República, conquistando -de cierta forma- el lugar de preponderancia
            que tradicionalmente había ocupado la Ley dentro del sistema de fuentes. Sin embargo, la doctrina
            no ha sido clara en explicar cuál es la etiología de esta realidad, por lo que mencionaremos dos tesis
            no excluyentes entre sí:


                     En primer lugar, La Constitución es, primariamente, el derecho de la designación,
                     distribución y organización del poder político de una sociedad y de su gestión sobre ella. Sin
   356   357   358   359   360   361   362   363   364   365   366