Page 364 - Panorama Audiovisual Iberoamericano 2020
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                         3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la indispensable libertad
                         para la investigación científica y para la actividad creadora.

                         4. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen los beneficios que derivan del fomento
                         y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y
                         culturales.

                 1.2.2. Fuentes especiales de derecho internacional:

                       A. Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en obras literarias, científicas
                       y artísticas, suscrita el año 1946 y que fue ratificada por Chile en 1954. Su texto fue
                       promulgado por el D.S. Nº74 del año 1955, del Ministerio Relaciones Exteriores de Chile
                       y publicado en el Diario Oficial Nº 23.202 de 21 de julio del mismo año.

                       B. Convención Universal sobre Derecho de Autor, administrada por la UNESCO, fue
                       suscrita por Chile en la ciudad de Ginebra, en el año 1952. Posteriormente, fue promulgado
                       por el D.S. Nº75, de 1955, del Ministerio Relaciones Exteriores de Chile y publicada en el
                       Diario Oficial Nº23.206 de 26 de julio del mismo año.

                       C. Convención Internacional para la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes,
                       de los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, fue firmada por
                       nuestro país en Roma, Italia, el día 26 de octubre de 1961. Posteriormente, su texto fue
                       aprobado por el D.L. Nº 453 de 1974 y promulgado mediante el D.S. Nº390, de 1974,
                       del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, siendo publicada en el Diario Oficial
                       Nº28.912 de fecha 26 de julio de 1974.

                       D. Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI),
                       La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es una agencia especializada
                       de las Naciones Unidas en materia de propiedad intelectual y tiene por misión «llevar la
                       iniciativa en el desarrollo de un sistema internacional de P.I. equilibrado y eficaz, que
                       permita la innovación y la creatividad en beneficio de todos.»

                       El mandato que confieren los Estados miembros a esta organización, los órganos rectores
                       de ella, así como los procedimientos que rigen su funcionamiento, están recogidos en el
                       Convenio mediante el cual ésta se estableció el año 1967.

                       El «Convenio OMPI” fue firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967. Su texto fue aprobado
                       el año 1975 por el D.L. Nº 907, luego promulgado mediante el Decreto Supremo Nº265 del
                       Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y, finalmente, publicado en el Diario Oficial
                       Nº 29.159 del 23 de mayo del mismo año.

                       E. Convenio de Berna para la protección de obras literarias y artísticas. Chile suscribió y
                       ratificó el texto del “Convenio de Berna”, correspondiente a la revisión del texto original
                       de 9 de septiembre de 1886, efectuada en Bruselas el 26 de junio de 1948. Su texto fue
                       aprobado el año 1973, mediante el D.S. 121 del Ministerio de Relaciones Exteriores de
                       Chile y publicado en el Diario Oficial Nº 28.507 de 20 de marzo del mismo año. Con
                       posterioridad, el texto del Convenio fue nuevamente revisado en París, en 1971. Su texto
                       fue aprobado el año 1975 mediante el D.L. Nº 908, promulgado por el Decreto Supremo
                       Nº266 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y, finalmente, fue publicado en el
                       Diario Oficial Nº 29.170 de 5 de junio del mismo año.

                       F. Convenio para la protección de los productores de fonogramas contra la copia no
                       autorizada de sus fonogramas, fue suscrito en Ginebra, en 1971. Su texto fue aprobado
                       el año 1976 mediante el D.L. Nº 1.566, fue promulgado por el D.S. Nº 56, de 1977, del
                       Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y, finalmente, publicado en el Diario Oficial
                       Nº 29.704 de 9 de marzo de 1977.
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