Page 402 - Panorama Audiovisual Iberoamericano 2020
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independencia que las sociedades nacionales ejercen es vital para su desarrollo. Educar a los
usuarios o clientes sobre el licenciamiento de obras, adaptar los sistemas de cobranza a costumbres
locales, defender los derechos de sus socios y apoyar el crecimiento de la industria audiovisual
son actividades que requieren de una fuerte presencia nacional. Adicionalmente, el proceso de
reclutamiento de socios es un proceso constante que requiere conocimiento y afiliaciones de la
industria local. Esa presencia eventualmente contribuye a la generación de repartos que cuiden y
tomen en consideración la participación de repertorios locales.
En algunos casos el apoyo de organizaciones internacionales como CISAC (autores), IFPI
(productores fonográficos) o EGEDA (productores audiovisuales), pueden acelerar el proceso
de crecimiento de la entidad. En el caso de las asociaciones de productores audiovisuales ese
apoyo se traduce en tecnología para la gestión de cobranza, centralización de base de dato y
repertorios, uso de marca reconocida, acceso a relaciones gubernamentales internacionales, “know
how” administrativo y operacional, revisión y apoyo en la estrategia legal, desarrollo de piezas
legales y financiamiento. Los desafíos de empezar una nueva sociedad son enormes –oposición
de los usuarios, proyectos de ley comprometiendo derechos, requisitos legales y administrativos y
relación con socios- y en la mayoría de los casos, los recursos disponibles, limitados. Dentro de ese
escenario, la presencia de una organización internacional y el apoyo de sociedades hermanas de
otros países, puede allanar gran parte de los obstáculos y mantener la sociedad activa durante el
periodo crítico de los primeros años de operación.
Una de las presiones más fuertes que sufren las sociedades emergentes es reducir el nivel de
gastos para poder incrementar los saldos repartibles a sus socios. Lamentablemente, el proceso
de afianzamiento de la cobranza es lento (ya hemos vistos los desafíos a que se enfrentan estas
sociedades) y llegar a un nivel de ingresos que permitan repartir a socios puede llevar algunos
años. Es interesante y demuestra una debilidad en muchas de las legislaciones en América Latina,
que las leyes y/o regulaciones sobre sociedades no toman en cuenta el tiempo que se requiere para
llegar primero a la autosuficiencia y después a un nivel de gastos de una sociedad madura que
en general debería aproximarse al máximo de 30 por ciento. Tecnología, procesos avanzados de
cobranza y consolidación de servicios de “back office” con el apoyo de instituciones internacionales
pueden acelerar la reducción de nivel de gastos. Aun con esta ventaja de sinergias y tecnología, las
autoridades nacionales, especialmente las dedicadas al derecho de autor, deberían considerar como
implementar las exigencias sobre los niveles de gastos de acuerdo con la madurez de la sociedad.
3. Una agenda posible para los próximos años
Entre tantos desafíos a que se enfrenta la gestión colectiva de productores audiovisuales en
América Latina, podemos esbozar una agenda mínima:
Representación Universal. Gestión Colectiva Obligatoria.
Pese a que los repertorios unificados que administran las Sociedades de Gestión Colectiva de
Productores Audiovisuales de América Latina superan los cientos de miles obras y los miles de
titulares (recordamos una reunión con una autoridad en la que acercamos copia física del repertorio
en tres tomos de quinientas hojas cada uno, o sea tres mil páginas), los grandes usuarios suelen
continuar cuestionando la “representatividad” de estas sociedades.
Pese -asimismo- a que las normas jurídicas nacionales establecen la “legitimación presunta”
de la sociedad de gestión, muchas autoridades y jueces continúan revirtiendo la carga invertida
de la prueba, obligando a las sociedades de gestión a probar no solo su repertorio (que ya está
registrado en las Direcciones de Derechos de Autor), sino requiriendo la comprobación “vis a vis”
de repertorio con usos. “Puesta a disposición” (lenguaje común en las leyes y doctrinas) no es
lenguaje común en las sentencias.
Una solución alcanzada en varios países de Europa y algunos de América Latina (como