Page 414 - Panorama Audiovisual Iberoamericano 2021
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Consideraciones finales
· Este breve acercamiento al tema de la gestión colectiva obligatoria nos permite asegurar que
la mayoría de los países iberoamericanos cuentan con leyes suficientes para la protección del
derecho de autor que cumplen con los estándares mínimos de protección exigidos por el Sistema
Internacional del Derecho Privado de Autor.
· Un ejemplo de la anterior afirmación lo encontramos en experiencias satisfactorias de gestión
colectiva en la mayoría de los países iberoamericanos y en Latinoamérica, Argentina enseña el
camino desde hace más de 100 años, lo que desde luego es una buena señal de que, la gestión
colectiva es una herramienta indispensable para la observancia efectiva del derecho de autor.
· La gestión colectiva en Latinoamérica tiene aún un largo camino que recorrer, pero ya
encontramos las primeras normas en 1993 con la Ley sobre Derecho de Autor de Venezuela y
más recientemente el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, creatividad
e Innovación de 2016 que colocan los primeros cimientos para el desarrollo legislativo de esta
institución del derecho de autor.
· En aquellos países donde la legislación ya ha establecido algunos principios sobre la materia,
las autoridades competentes tienen el compromiso de apoyar la regulación y desarrollo de la
gestión colectiva obligatoria y, en aquellos países en donde la legislación aún no se ha previsto, la
obligación urgente de adoptar criterios para su reconocimiento y materialización en usos donde
la administración individual no se gestione o sea imposible gestionarla, como es el caso particular
de los actos de comunicación pública de obras audiovisuales en caso de retransmisión por cable.